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El mediador brasileño Fernando Toledo Carneiro, que absolvió a Juan Darthés por considerar prescripto el abuso contra Thelma Fardin respondió a los planteos de aclaratoria presentados por los abogados del artista y el fiscal.
«Entiendo que debe mantenerse la indulgencia del imputado», sostuvo en el decisión el magistrado. Con él, se habilita la instancia de interposición. “Quedan dudas sobre la forma en que sucedieron los producir descritos en la delación», expresa el decisión.
Agregó que «los informes presentados por la víctima y los testigos sobre sucedido libidinosos distintos de la conjunción carnudo, aún no son suficientes para acreditar la ocurrencia de los producir, tal como se describen en la delación, para autorizar un decreto condenatorio».
«Reconozco la existencia de un error material en la sentencia dictada y, en consecuencia, una omisión en el análisis de los sucedido libidos por lo que es necesario abordar el tema», señaló el mediador.
Al respecto, Euro Bento Maciel, abogado defensor de Juan Darthés, explicó a Télam que «expresamente, el mediador dijo que en lo que respecta a los sucedido libidinosos no hay ensayo suficiente para alterar la indulgencia, que es lo que planteamos, que no existen pruebas suficientes para revertir la indulgencia».
Este decisión, además, fue en respuesta al planteo que realizaron las partes y el fiscal federal de San Pablo Andrey Borges de Mendonça, en el que advirtió un error material y una «omisión» en la sentencia porque no había analizado el acercamiento carnudo denunciado por Fardin porque el hecho estaba prescrito.
Además, el magistrado precisó que el hecho analizado «es la ocurrencia o no de violación el 17 de mayo de 2009, en Managua, Nicaragua, dentro de una de las habitaciones del hotel donde la víctima y el acusado se alojaban».
El juicio contra Darthés comenzó el 30 de noviembre de 2021, dos años después de que Fardin presentara la delación por abuso sexual el 4 diciembre de 2018. Ahora, las partes, en especial la querella, tiene un plazo para presentar la interposición ante el Tribunal Regional Federal de San Pablo, un tribunal de alzada que puede revisar el decisión de primera instancia.
Explicó que para que se haga efectiva la condena que pretende la acusación, «es necesaria ensayo sólida que acredite la existencia del delito y su autor».
Los producir denunciados supuestamente se consumaron en Nicaragua, en 2009, cuando ella tenía 16 años y el artista 45. «Esto por un tecnicismo: hasta 2009 en Brasil se exigía la ensayo de acercamiento carnudo para un caso de violación. Luego, eso se reformó y se dejó de exigir la ensayo de penetración con acercamiento carnudo», detalló entonces la abogada de la denunciante, Carla Andrade Junqueira.
El 13 de mayo, el mediador Toledo Carneiro emitió una sentencia absolutoria para Darthés debido a que consideró que hubo abusos pero que por los años transcurridos entre el hecho y la delación de Fardin, prescribieron, y que no fue probado el acercamiento carnudo.
Esa semana, participó de las actividades que se realizaron en el Foro Latinoamericano organizado por ONU Mujeres donde recibió el apoyo de representantes internacionales.
Thelma Fardin junto a su equipo de abogados informó durante una conferencia de prensa la indulgencia del artista y la interposición. No obstante, los ministerios públicos fiscales de los tres países consideraron que había pruebas para avanzar con el juicio, que ahora se tramita en Brasil.
Como Darthés, cuyo verdadero nombre es Juan Rafael Pacífico, es ciudadano brasileño, el 20 de diciembre de 2018 -luego de que Fardin hiciera pública la delación- viajó a San Pablo, ya que Brasil no extradita a las personas nacidas en su territorio, y así evitó un juicio en Argentina o Nicaragua.