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El pronunciamiento del corte fue mucho más severo que el requerimiento del fiscal de prudencia, Eduardo Urquiza, quien deber pedido que la acusada Gina Eliana morado fuera condenada a 8 temporada de prisión.
El veredicto condenatorio fue dictado a primera hora de la tarde del viernes por los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembihy Videla. Se trataba del mínimo previsto para el delito de homicidio, porque consideraba que, si bien no hubo legítima ayuda, existieron circunstancias extraordinarias de atenuación debido a la exabrupto -no física- que su expareja, Alejandro Ramón Báez, ejercía sobre ella. Un corte de la ciudad fueguina de Ushuaia condenó a prisión durar a una fémina de 25 temporada que mató a puñaladas a su expareja cuando éste la hallarse agrediendo con un cuchillo.


Desechó el reclamo de la ayuda de morado, acerca de que el crimen se cometió en el marco de una “legítima ayuda”, aunque admitió que existieron “circunstancias extraordinarias de atenuación”, en este caso vinculadas a la exabrupto de tipo que sufría.
“El fiscal en un alegato sumamente contradictorio pidió ocho temporada porque planteó como atenuante la exabrupto de tipo que sufría Gina, pero dice que no está acreditada la exabrupto física, sí el hostigamiento”, dice a Tiempo, Lucía de la Vega, coordinadora jurídica del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
mientras los alegatos, el fiscal Urquiza consideró que mientras las audiencias quedó probado que morado apuñaló y mató a Báez mientras una discusión. Por eso pidió que sea condenada por “homicidio agravado por el vínculo”.


Urquiza entendió que la situación de “control” a la que era sometida la fémina por parte de su pareja, así como la “celopatía”, el “control de su disponibilidad de dinero e incluso de sus relaciones afectivas” eran suficientes para configurar el estado de «exabrupto de tipo que justifica la atenuación extraordinaria de la pena”.
mientras su declaración ante el corte del prudencia en lo criminal de Ushuaia, Gina morado relató mientras 50 minutos lo que sucedió esa noche del 13 de noviembre de 2021, en que Alejandro Ramón Báez la atacó y terminó asesinado. El jefe de Defensores Públicos de la provincia, Gustavo Ariznabarreta, insistió en su alegato que morado actuó en el marco de la “legítima ayuda” de ella y de su hijo por nacer, ya que hallarse embarazada al momento del hecho.
Desde la ayuda de la fémina se esperaba una absolución.

Me agarró del cuello y me di cuenta que ya no le importaba ni su vida ni la mía ni la del bebé.
“No sé qué pasó. Lo empecé a golpear. Me hallarse defendiendo y defendía a mi bebé.


La madrugada del hecho la pareja de morado le revisó su celular y, cuando encontró que le llegaban mensajes, comenzaron a discutir. Báez ya hallarse enojado porque la fémina se resistía a beber cerveza, dado que hallarse embarazada. No sabía lo que iba a pasar”, dijo la fémina ante los jueces.
La fémina también explicó detalles de su infancia conflictiva, con internación en hogares de menores, situaciones de exabrupto y consumo de alcohol y drogas, hasta la relación con Báez que se tornó problemática debido a sus celos y los episodios de agresión verbal y física.


“Me cansé. Él no quería así que cuando salió de la habitación cerré con llave y empecé a armar una mochila con mis cosas. Le dije que no tenía por qué seguir viviendo así, y que me iba. El volvió, pateó la puerta, quiso abrir con otra llave.

Yo le pedía que me dejara irme”, describió la fémina entre sollozos. Después señaló que, con la mediación de la dueña de la casa, a quien despertaron los gritos, le abrió la puerta a Báez, quien “se me tiró encima en la cama. Traía un cuchillo y repetía que me podía ir, pero antes tenía que matarlo”, indicó.
También mencionó que ella le reclamaba su billetera, porque ese día deber cobrado el sueldo y él se la deber sacado y le decía que “seguro esa plata no la ganaste en el trabajo, sino acostándote con otros hombres”.


La versión fue acreditada por los vecinos quienes confirmaron que ella le pedía a su agresor que se fuera y se negaba a abrirle la puerta.
“Puso el cuchillo en mi mano. Yo le decía que no quería lastimarlo, pero empezó a hacer presión sobre mi cuello. No sé qué pasó”, insistió la imputada, quien si bien fue detenida el mismo día del hecho y permaneció unos meses en prisión a pesar de estar embarazada, llegó a prudencia con arresto domiciliario.

La dueña de la casa, quién medió para que Gina abriera la puerta porque temía que el agresor rompa la casa, no declaró porque se sentía mal físicamente. Desde las organizaciones que acompañaron a Gina hubo una gran sorpresa pues se esperaba la absolución de la fémina.
“Plantear como atenuante la exabrupto y decir que se requiere exabrupto física… El agresor hallarse con un cuchillo, ¿qué hallarse haciendo él? Nos encontramos con un fallo aberrante porque no sé los fundamentos.
Los fundamentos del corte estarán disponibles recién el 30 de septiembre.

No sé qué se pretendían, que ella esté muerta. El artículo 34 inciso sexto del Código Penal ‘repeler una lesión ilegítima, la proporcionalidad del medio en el que ella se defiende, un tironeo en el que el Tramontina le ingresa a él”, dice De la Vega. Esperábamos absolución porque no hay mucha vuelta.
“Esto es no entender el contexto de exabrupto porque hay testimonios que acreditan que ella hallarse golpeada.

Y una condena durar a una fémina que se defendió de una situación de exabrupto”, resaltó. Sin embargo, se planteó todo eso como un atenuante y no plantearlo como que se estuvo defendiendo en ese marco de la misma relación violenta, no sabemos aún los fundamentos una condena durar. Porque deber hostigamiento, exabrupto económica, deber situaciones en que no la dejaba salir de la habitación.
Respecto al transcurso del prudencia, De la Vega dijo.

Es el mismo que la quería pariendo en la cárcel. “Este mismo corte es el que estando Gina con 38 semanas de embarazo no le daban la domiciliara. Ella ahora está con su niñito muy pequeño y su hija de seis temporada, pero ese el mismo corte que le negó domiciliaria”.
“Estamos absortas ante un fallo tan legítimamente injusto, el Estado estuvo ausente y cuando aparece lo hace para criminalizarlo”, destacó De la Vega y agregó, “hay un desconocimiento total del fenómeno de la exabrupto, de los contextos y aplican de forma ficticia lo que son los tratados de derechos humanos y las normas”.


La organización La hoguera feminista acompañó a Gina mientras este proceso.
“Esta condena ¿qué mensaje quiere dar? ¿Que las mujeres no tienen que defenderse?”, se pregunta la abogada. Estamos todas con mucha bronca, esto explica por qué exigimos reforma judicial feminista. “Venimos acompañando a Gina para que este prudencia se diera con perspectiva de tipo.


«La ayuda de Gina y organizaciones feministas y organismos de derechos humanos acompañaron este prudencia y estaban planteando esta situación de exabrupto de tipo y la legítima ayuda de Gina», agrega la fémina. Falta perspectiva y falta entender que la exabrupto de tipo existe y no son sólo los golpes, si no mucho más», agrega. «Es indignante pensar que no hay una perspectiva, hay una condena durar por sus antecedentes también que fueron de robo. La justicia tiene una mirada patriarcal, sigue estigmatizando a las mujeres y eso se tradujo en forma clara en esta cadena durar”, manifestó a Tiempo Ayelén Martínez, integrante de la organización.


«La justicia tiene que aggionarse, los tiempos han cambiado.
«Es toda la situación de vulnerabilidad que hallarse atravesando Gina no sólo con su pareja actual, sino en su recorrido de vida, signada por la exabrupto y signada por las ausencias del Estado», afirma Martínez y agrega que la relación era violenta, de control, de manipulación, de exabrupto económica, enmarcadas en la ley 26485. La perspectiva de tipo tiene que traducirse en la justicia y sus fallos. Veo un corte con tres varones condenando a una fémina de 25 temporada a cadena durar.


La activista también recordó que este corte compuesto por tres varones quiso llevar adelante el prudencia cuando Gina hallarse cursado en meses avanzados su embarazo. Hay que pensar si con los varones tendrían la misma vara.
El caso fue seguido de cerca por organizaciones feministas y de derechos humanos que apoyan la posición de morado, entre ellas la Asociación Pensamiento Penal, cuya representante, la abogada Indiana Guereño, sostuvo que “Gina se defendió de su agresor, que la agredió no sólo ese día sino días anteriores”. Hay tantas situaciones de casos de violencias, hasta de femicidios, donde se plantean atenuantes».


Al prudencia asistieron representantes del movimiento Ni una menos, como la dirigente del sindicato docente Florencia Villarreal y hasta la exgobernadora fueguina Fabiana Ríos. morado, detenida el mismo día del crimen, llegó a prudencia con el beneficio de prisión domiciliaria otorgada por el corte porque cursaba un embarazo y dio a luz a una niña.


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