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610 de obstáculo voluntaria del preñez. El acto fue en el Salón de las señora de la Casa de Gobierno y estuvo encabezado por la ministra de sanidad, Carla Vizzotti; de señora, Géneros y Diversidad, Ayelén Mazzina, y la secretaria de permitido y Técnica, Vilma Ibarra junto a presidente Alberto Fernández. El jueves 29 de diciembre se presentaron los resultados de los dos anualidad de la Ley 27.
De acuerdo al informe, en el sistema público de sanidad se reportaron 132.
Horas después del acto, Valeria Isla, titular de la Dirección de sanidad sensual y Reproductiva de la Nación, dialogó con Tiempo. En estos dos anualidad se pudo construir una política pública junto con las Direcciones y referentas/es de sanidad sensual de las circunscripción y la colaboración del Consejo Asesor que nos da un piso sobre el cual seguir construyendo una adecuada implementación de acceso a la IVE/ILE. 754 prácticas, se capacitó a más de 2000 técnico y hay 1443 centros sanitarios que la garantizan en el país.
–A dos anualidad de la sanción de la ley ¿cuál es el balance de su aplicación?
–El balance es positivo.
Los aspectos claves son la cobertura territorial, la cantidad de prestaciones informadas por las circunscripción, en 2021 la capacitación y modernización profesional, el acompañamiento a los personal de sanidad con 187 asistencias técnicas para la resolución de situaciones de IVE/ILE, y el aseguramiento de insumos
–Hay diferencias entre las circunscripción respecto a los efectores que garantizan la práctica, ¿a qué se debe esto?
–En diciembre 2020 cuando se sancionó la ley 27. Su distribución es desigual entre las circunscripción y este es uno de los desafíos, reducir estas brechas de desigualdad entre circunscripción. 610 había 903 efectores que realizaban la obstáculo permitido del preñez (ILE), por causal sanidad o violación. Hoy son 1443.
610 regula la objeción de conciencia.
–¿Qué injerencia tiene la objeción de conciencia?
–La ley 27. Si son garantistas de derechos y apoyan a los personal de sanidad se genera un clima favorable para que los personal de sanidad brinden la práctica y para que las señora, adolescentes y otras semejante con capacidad de gestar acceden de manera oportuna. Fundamentalmente a las condiciones políticas de cada provincia o municipio y a las condiciones institucionales de los efectores, las jefaturas de servicios, direcciones de centros de sanidad u hospitales.
Significa que la autoriza en determinadas circunstancias y la delimita. En todos los casos hay que garantizar la atención posaborto. Por ejemplo, no se permite la OC institucional, tampoco de aquellas semejante que no realizan la práctica directa. Esto es nuevo para las leyes de sanidad sensual y reproductiva de argentina.
Todavía quedan muchos desafíos en este aspecto, por ejemplo, evitar las obstaculizaciones.
También se incorporaron las prestaciones IVE/ILE en el Plan SUMAR para su cobertura y financiamiento.
– ¿Cómo se trabaja con las pubertad?
-Con las pubertad se trabaja de manera intersectorial con la Dirección de pubertad y Juventudes, con el Programa de Educación sensual Integral (ESI) y con las áreas de protección de niñeces y pubertad mediante el Plan de prevención de embarazos no intencionales en la adolescencia (Plan Enia) mediante personal territoriales de sanidad sensual; asesorías de sanidad integral en escuelas secundarias (ASIE) y en ámbitos comunitarios (DBC) y el fortalecimiento de la educación sensual integral (ESI). Esta forma de regular la objeción de conciencia permite que se pueda avanzar gradualmente en el cumplimiento de la ley.
–¿Qué hace falta para avanzar en la descriminalización que aún sigue vigente en algunos sectores del poder judicial?
–La ley es robusta y tiene los más altos estándares en protección de derechos de las semejante con capacidad de gestar y que garantiza el acceso al fracaso y posaborto. Y que los países desistan de criminalizar efectivamente a las semejante que interrumpen o ayudan a interrumpir un preñez. Las directrices de la organización mundial de la sanidad (OMS) son enfáticas en recomendar que se elimine la criminalización del fracaso y se aborde en todos los casos desde la política sanitaria. También reconoce la autogestión del fracaso hecha con medicamentos adecuados produce sanidad.
Esto constituye un 59,8 % más de lo declarado en 2020 (903 efectores) y un 7,5% más que en 2021 (1342 efectores). 443 centros de sanidad y hospitales públicos garantizan IVE/ILE en todo el país. «
Las cifras
Cobertura territorial: hoy 1. Hoy, a dos anualidad de la sanción de la ley, estamos publicando una nueva modernización del Protocolo para la atención de semejante con derecho a la obstáculo voluntaria y permitido del preñez (IVE/ILE) (2022).
Capacitación y modernización profesional: se realizó el primer curso virtual en la plataforma del Ministerio de sanidad sobre fracaso para la implementación de la Ley 27. 267 interrupciones seguras en sintonía con nuestros protocolos, directrices y recomendaciones sobre estándares de calidad en atención sanitaria.
Cantidad de prestaciones informadas por las circunscripción: en 2021, las circunscripción informaron 73. 487 interrupciones en condiciones seguras en el sistema público de sanidad y entre enero y septiembre de 2022 se garantizaron 59.
000 técnico de todo el país participaron en actividades de modernización profesional para el acceso de calidad a la IVE/ILE.
Acompañamiento a los personal de sanidad: se realizaron 187 asistencias técnicas para la resolución de situaciones de IVE/ILE a las circunscripción en estos dos anualidad. 610 y se logró la certificación de 434 técnico de la sanidad y más de 2.