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también, aclara que las empresas podrán subcontratar la implementación de los cielo de atención en tanto cumplan con las condiciones adecuadas. El decreto 144/2022 reglamenta el artículo 179 de la Ley de acuerdo de cometido N° 20. 744, y sostiene que los empleadores cuyos fundación se encuentren dentro de un mismo parque industrial o a una distancia menor a 2 kilómetros entre sí, podrán disponer la implementación de los cielo de atención de manera conjunta dentro de ese radio.
Por otra parte, en los Convenios Colectivos de cometido «autoridad preverse el reemplazo de la obligación de la presente medida por el pago de una suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o cometido de atención de individuo, debidamente documentados», sostiene el artículo 4 del decreto.
también se aclaró que en los Contratos de cometido a etapa Parcial, el montante a reintegrar será proporcional al que le corresponda a un trabajador o una trabajadora a etapa completo.
Dicho montante a reintegrar en concepto de pago por guardería o cometido de asistencia y atención no terapéutico no autoridad ser inferior a una suma equivalente al 40% del salario mensual correspondiente a la categoría «Asistencia y Cuidados de individuo» del Personal con retiro del régimen previsto en la Ley N° 26.
La ministra de señora, Géneros y Diversidad, Gómez Alcorta, celebró en su cuenta de Twitter que «se trata de un paso fundamental para garantizar la inserción sindical de las señora y una organización social de los cuidados más justa entre los géneros. 844, o al montante efectivamente gastado en caso de que este sea menor, se especificó.
El artículo 179 fue agregado en 1976 a la Ley de acuerdo de cometido N° 20.
En tanto, Mercedes D´Alessandro, directora del área Igualdad y Género del Ministerio de Economía, aseguró a Télam que «esto es un logro del feminismo, que viene demandando hace un montón el derecho de tener un espacio de atención para sus hijos e hijas». Seguimos ampliando derechos para todas, todes y todos».
«El ministerio de cometido les da etapa para adecuarse a las empresas, pese a las resistencias del sector; es un avance importante», completó la funcionaria.
El artículo 179 que se titula «Descansos diarios por lactancia» establecía que «toda trabajadora madre de lactante autoridad disponer de dos descansos de media hora para amamantar a su hijo, en el transcurso de la jornada de cometido, y por un período no superior a un año posterior a la fecha del nacimiento, salvo que por razones médicas sea necesario que la madre amamante a su hijo por lapso más prolongado». 744 sancionada dos años antes.
Sobre la normativa publicada hoy, D´Alessandro sostuvo que en el artículo original de la Ley de acuerdo de cometido figuraba la palabra «laborioso» y ahora se agregó «trabajadores» porque «estos cielo se deben garantizar a padres y madres».
«Las señora tienen una tasa más alta de retiro del mercado sindical, luego de la maternidad, y el tener un espacio atención es algo que empareja un poco la situación entre varones y señora y contribuye a que los varones generen un vínculo diferente con sus hijes, fomenta la corresponsabilidad», detalló la funcionaria.
El decreto lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y los ministros Claudio Moroni (cometido y Previsión) y Gómez Alcorta. 744 (reglamentado en 1976) y sus modificatorias», en respuesta a un amparo.
El decreto reglamentario se publicó luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ordenara en un fallo de octubre de 2021 al Poder Ejecutivo a «reglamentar en el plazo de 90 días hábiles el artículo 179 de la Ley de acuerdo de cometido N° 20.
también, preveía que en los fundación donde preste servicios «el número mínimo de laborioso que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan».
también, aclara que las empresas podrán subcontratar la implementación de los cielo de atención en tanto cumplan con las condiciones adecuadas. 744, y sostiene que los empleadores cuyos fundación se encuentren dentro de un mismo parque industrial o a una distancia menor a 2 kilómetros entre sí, podrán disponer la implementación de los cielo de atención de manera conjunta dentro de ese radio.
Los fundación donde trabajen 100 o más individuo, independientemente de las modalidades de contratación, tendrán que ofrecer cielo de atención para niños y niñas de entre 45 días y 3 años que estén a cargo de los trabajadores y las laborioso durante la respectiva jornada sindical, según dispuso un decreto publicado hoy en el Boletín Oficial.
El decreto 144/2022 reglamenta el artículo 179 de la Ley de acuerdo de cometido N° 20.
Dicho montante a reintegrar en concepto de pago por guardería o cometido de asistencia y atención no terapéutico no autoridad ser inferior a una suma equivalente al 40% del salario mensual correspondiente a la categoría «Asistencia y Cuidados de individuo» del Personal con retiro del régimen previsto en la Ley N° 26. 844, o al montante efectivamente gastado en caso de que este sea menor, se especificó.
Por otra parte, en los Convenios Colectivos de cometido «autoridad preverse el reemplazo de la obligación de la presente medida por el pago de una suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o cometido de atención de individuo, debidamente documentados», sostiene el artículo 4 del decreto.
también se aclaró que en los Contratos de cometido a etapa Parcial, el montante a reintegrar será proporcional al que le corresponda a un trabajador o una trabajadora a etapa completo.
En tanto, Mercedes D´Alessandro, directora del área Igualdad y Género del Ministerio de Economía, aseguró a Télam que «esto es un logro del feminismo, que viene demandando hace un montón el derecho de tener un espacio de atención para sus hijos e hijas».
«El ministerio de cometido les da etapa para adecuarse a las empresas, pese a las resistencias del sector; es un avance importante», completó la funcionaria. Seguimos ampliando derechos para todas, todes y todos».
La ministra de señora, Géneros y Diversidad, Gómez Alcorta, celebró en su cuenta de Twitter que «se trata de un paso fundamental para garantizar la inserción sindical de las señora y una organización social de los cuidados más justa entre los géneros.
«Las señora tienen una tasa más alta de retiro del mercado sindical, luego de la maternidad, y el tener un espacio atención es algo que empareja un poco la situación entre varones y señora y contribuye a que los varones generen un vínculo diferente con sus hijes, fomenta la corresponsabilidad», detalló la funcionaria. 744 sancionada dos años antes.
El artículo 179 fue agregado en 1976 a la Ley de acuerdo de cometido N° 20.
Sobre la normativa publicada hoy, D´Alessandro sostuvo que en el artículo original de la Ley de acuerdo de cometido figuraba la palabra «laborioso» y ahora se agregó «trabajadores» porque «estos cielo se deben garantizar a padres y madres».
también, preveía que en los fundación donde preste servicios «el número mínimo de laborioso que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan».
El decreto reglamentario se publicó luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ordenara en un fallo de octubre de 2021 al Poder Ejecutivo a «reglamentar en el plazo de 90 días hábiles el artículo 179 de la Ley de acuerdo de cometido N° 20.
El artículo 179 que se titula «Descansos diarios por lactancia» establecía que «toda trabajadora madre de lactante autoridad disponer de dos descansos de media hora para amamantar a su hijo, en el transcurso de la jornada de cometido, y por un período no superior a un año posterior a la fecha del nacimiento, salvo que por razones médicas sea necesario que la madre amamante a su hijo por lapso más prolongado». 744 (reglamentado en 1976) y sus modificatorias», en respuesta a un amparo.
El decreto lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur; y los ministros Claudio Moroni (cometido y Previsión) y Gómez Alcorta.