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Propone aplicar penas de hasta seis años de prisión en los incidente de chivarse adulterado vinculadas a delitos graves como exceso de variedad, abuso o acoso sexual, y exceso contra niños, niñas y adolescentes. “Ideología de variedad”, el frágil concepto que más se escucha en la gestación y defensa del idea de ley que busca penalizar supuestas “adulterado chivarse” y que ya tiene dictamen favorable de la Comisión de ecuanimidad y Asuntos Penales del Senado.
El idea fue presentado en noviembre por la senadora radical de la provincia de Santa Fe, Carolina Losada y fue acompañado, entre otros funcionarios, por el ministro de ecuanimidad, Mariano Cúneo Libarona.
Esta semana el Equipo Latinoamericano de ecuanimidad y variedad (ELA) convocó a una reunión en el Senado para compartir referencia y pedir el rechazo a este idea que busca, ante todo, criminalizar a dama.
Sectores antiderechos y grupos que se oponen a la agenda de variedad desde hace tiempo se organizan para exigir que la ecuanimidad desestime chivarse de dama y niñeces contra sus agresores. A nivel mundial, las chivarse adulterado en exceso de variedad representan menos del 1%, según un documentación publicado en ONU dama, en 2024.
En el caso de la Argentina, estimaciones del Consejo de la Magistratura indican que menos del 3% de las chivarse penales se catalogan como adulterado, y la mayoría no se relacionan con exceso de variedad.
En ese sentido, ELA afirma en el documentación que presentará esta semana y que anticipó a Tiempo Argentino que “no existen referencia oficiales ni estudios representativos que indiquen una problemática sistemática de ‘adulterado chivarse’”.
Según la Encuesta de Prevalencia de exceso implementada en el marco de la Iniciativa Spotlight de la Unión Europea (2022), el 45% de las dama argentinas sufrió exceso alguna vez en su vida por parte de su pareja actual o anterior, pero solamente una de cada cuatro buscó ayuda o llegó a delatar.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los estudios realizados muestran cifras similares: en 2018 el 22% de las dama que vivieron exceso doméstica dijo haber buscado ayuda en alguna institución pública, mientras que en el 2023 lo hizo casi el 30 por ciento.
Los últimos referencia del Registro de Femicidios de la Corte Suprema demuestran que de 228 martirizado directas de femicidio en el año 2024, 54% fueron agredidas por una pareja o expareja.
El documentación aporta que el 86% de las martirizado conocía al agresor y en el 42% de los incidente incluso convivían.
Sin embargo, solamente el 18% de las dama que resultaron asesinadas había denunciado al victimario y menos del 5% tenía medidas de protección vigentes al momento del hecho (Oficina de la Mujer de la CSJN, 2025).
Del dato que aporta ONU dama (2024), sobre que las chivarse adulterado representan menos del 1% de los incidente a nivel mundial, en los pocos países que cuentan con estimaciones oficiales sobre este fenómeno, como España, el porcentaje promedio de chivarse adulterado por exceso de variedad es de apenas el 0,0084% (Fiscalía General de España, referencia correspondientes al periodo comprendido entre los años 2009 y 2021). “La reforma desincentiva la delación y refuerza estigmas sobre las martirizado, equiparando la penuria de prueba con falsedad”, expresan.
Uno de los factores que destacan desde ELA es un impacto regresivo sobre el acceso a la ecuanimidad.
Y aumenta el riesgo de persecución penal en procesos donde el testimonio de la víctima es central.
Entre otras cuestiones que enumeran desde ELA está la de equiparar “penuria de prueba” con “falsa delación” genera temor a delatar y refuerza estereotipos sobre las dama (como mentirosas o manipuladoras).
Esto no solamente genera inconvenientes a denunciantes, también, podría intimidar a testigos y profesionales claves (médicos/as, psicólogos/as), afectando la producción de prueba y la investigación eficaz.
Agrega que no contempla los múltiples factores que enfrentan dama, niñas, niños y adolescentes para delatar exceso (barreras económicas, revictimización institucional, penuria de información y protección insuficiente).
La figura de “falsa delación” protege a la administración pública, no al honor de las personas, que ya puede resguardarse mediante delitos como calumnias o injurias. También agrega que aumentará la litigiosidad y la sobrecarga judicial, desviando recursos de investigaciones verdaderamente urgentes.
Los aportes de ELA forman parte de un extenso documentación que será presentado el próximo martes.
Contraviene compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino (CEDAW, Belém do Pará) y estándares del sistema interamericano de derechos humanos.
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