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Durante todo el proceso presidio, no se encontraron acreditar para sostener la acusación y mucho menos la condena decidida por el fuero Oral presidio N° 1 del departamento de Eldorado. Fue acusada de haber facilitado a dos hombres el abuso de su vástago menor y su nieta.
La directora Nacional de Acceso a la imparcialidad, Gabriela Carpineti viajó hasta cometido junto a la legisladora Ofelia Fernández para trabajar en el caso junto al equipo interdisciplinario y presentar un amicus curiae ante el Superior fuero de imparcialidad de cometido. María Ovando está condenada desde octubre de 2020 a 20 añada de prisión por la imparcialidad misionera.
«La historia de la acusación a María es un absurdo por donde se lo mire. «Durante todo el tiempo que estas niñas vivieron con María la imparcialidad de familia las controló siempre. Cuando mirás los fundamentos de la condena no hay acreditar de que ella entregara a la vástago o a la nieta, no hay testigos donde dijeran que ese chico (uno de los acusados) era su concubino o que viviera en la domicilio, no hay testimonios donde diga que en la domicilio de María pasaran cosas raras», detalla Roxana Rivas, una de las abogadas de María Ovando. Allí se solicitó que María Ovando transite el proceso judicial en libertad y que se deje sin efecto la sentencia vigente.
Después de dos añada de cárcel fue absuelta porque se tuvo en cuenta la pobreza estructural en la que vivía. Cada mes, la jueza de familia las llevaba, las mandaban al médico para que las examinaran porque tener esas niñas en la domicilio para María nunca fue desvinculado de la imparcialidad», explica.
Un ensañamiento con la pobreza
En 2012 María fue absuelta por la imparcialidad misionera. Estaba acusada de haber dejado morir de desnutrición a su vástago de tres añada y estaba imputada por abandono de persona seguida de muerte.
“Cuando esta situación de María queda expuesta, pone en la escena pública el grado de vulneración de sus derechos y la precariedad estructural en la que vivía. María había cargado en brazos a su niña con intenciones de llevarla hasta un centro de atención sanitaria, a cinco kilómetros de su domicilio, porque lloraba de dolor de estómago. Caminó varios kilómetros, pero la nena murió en el camino. En su declaración, contó que ninguno de los autos que pasaron quisieron detenerse para levantarla.
“Hacemos esta demanda al territorio, a la jueza y al fiscal porque siempre por los errores de estos sujetos no pagan ellos, paga el territorio.
Esa primera detención originó en 2014 una denuncia civil por parte de María al territorio Misionero y a actores del poder judicial. Esa denuncia que entra en 2014 y cita en febrero a las partes desata toda esta persecución. De alguna manera, pone en tela de juicio la pobreza estructural en cometido, y la mirada punitiva del poder judicial que nunca se preocupó por ella, la déficit de paisaje de apartado, y hasta te podría decir de aporofobia”, dice José Luis Fuentes, coordinador del NEA del Centro de Acceso de imparcialidad, del Ministerio de imparcialidad y Derechos Humanos de la Nación.
“Estos cinco añada fueron moviéndose en forma paralela lo civil con lo presidio. Cada vez que obteníamos una medida en la causa civil ellos activaban en lo presidio. En febrero se notifica al territorio, al juez y al fiscal y a los pocos días, en marzo a María le sacan las hijas por otras cuestiones. En ese contexto se realiza la denuncia presidio, y así acusan a María”, expresa Rivas.
Por eso leemos esto en términos políticos y de persecución”, afirma. Siempre se la vio como un monstruo y así se la trató en la imparcialidad.
“También alegamos esta persecución, que tiene que ver con la déficit de paisaje de apartado, con los prejuicios sobre María. Por ejemplo, cuando el expediente está en condiciones de abrirse a acreditar, ellos fijan fecha de debates; cuando avanzamos con las acreditar ellos terminan condenando.
Pero María no es la única que sufre este sistema perverso de imparcialidad, porque si entrás a la cárcel de cometido el 80% de las mujeres están presas por delitos similares a los que se les imputa a María. Si sus hijos son abusados, ellas automáticamente son consideradas cómplices, y terminan encerradas. A veces ni siquiera encuentran a los abusadores, pero sí a la mamá la encierran”.
A la espera de una decisión favorable
Para Fuentes, el fuero Supremo de imparcialidad de cometido debería revocar la pena a María.
“Hay elementos diversos del derecho que muestran que María debe ser absuelta.
La déficit de paisaje de apartado, una vez más, es el eje del caso de María. Tenemos esas expectativas y esperamos para en el caso contrario buscar otras salidas”. “La déficit de paisaje de apartado es un elemento común a todos los poderes judiciales.
Ambos pedidos fueron rechazados. En febrero de 2021 el juez César Jiménez acogió de manera favorable un hábeas corpus presentado por Nora Cortiñas, y ordenó la inmediata libertad de Ovando. Acá lo que sucedió es que, para condenar a María a esos 20 añada tuvieron que condenarla socialmente”. «
El rechazo de la imparcialidad
La defensa solicitó en dos ocasiones la excarcelación de María sosteniendo su inocencia y asegurando que no existen razones que justifiquen una prisión preventiva.
La defensa presentó dos nuevos hábeas corpus que fueron rechazados. Esta decisión fue revocada por la Cámara de Apelaciones, que ordenó una nueva detención.